Propietarios no pagarán Ganancias por los ingresos de alquileres de viviendas

El Gobierno nacional estableció un nuevo beneficio fiscal para los propietarios de inmuebles. Este lunes, reglamentó la exención del Impuesto a las Ganancias para los ingresos obtenidos por los alquileres de viviendas destinadas a casa habitación.

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La decisión fue oficializada mediante el Decreto 406, publicado este lunes en el Boletín Oficial. El mismo fue firmado por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Manuel Adorni; y el ministro de Economía, Luis Caputo.

De esta manera, la exención rige para las rentas generadas desde el 1° de enero de 2026. Incluye alquileres, subalquileres y montos cobrados por muebles o servicios asociados. También se reglamentaron beneficios para determinadas ventas y transferencias de inmuebles.

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Entre las modificaciones, se busca dar exactitud sobre qué alquileres de inmuebles gozarán del beneficio de la exención del pago de Ganancias. Así, establece que se entenderá por “casa-habitación” al inmueble destinado a vivienda única, familiar y de ocupación permanente.

Según el Instituto Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), la rentabilidad neta de algunos propietarios podría mejorar hasta 64%. El Instituto destacó que “el nivel de rentabilidad esperado es vital para la generación de oferta en un mercado. La rentabilidad es igual al valor anual del alquiler dividido el valor del inmueble. Al ser un mercado muy dolarizado, se opta por trabajar con los valores en dólares”.

Además, el IARAF señaló que “dado un valor del inmueble de u$s70.000 y un valor supuesto de alquiler mensual de $550.000, la rentabilidad bruta anual de alquilar, al tipo de cambio actual, equivale a 6,46%. A esto hay que restarle la comisión inmobiliaria y los tributos, obteniendo en primer lugar una rentabilidad bruta después de la comisión del 5,8% y luego la rentabilidad neta de tributos para cada uno de los propietarios”.

El efecto de la reforma depende de su aplicación según el régimen impositivo: quienes tributan la alícuota máxima del 35% tendrían una mejora del 64% en su rentabilidad neta, pasando del 3,19% al 5,22%. Por otra parte, aquellos que tributan al 13% percibirían un aumento del 17%, incrementándose de 4,47% a 5,22%.

Por otro lado, para los inscriptos en el régimen de monotributo, la rentabilidad anual similar en 5,17%, apenas por debajo del 5,22% proyectado para los autónomos beneficiados. (Fuente: Ámbito)

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