La Administración Federal de Ingresos Públicos concretó la exclusión de contribuyentes monotributistas del régimen simplificado y aseguró que la decisión responde a que registran algún tipo de inconsistencia en su declaración de ingresos y gastos.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que concretó la exclusión de contribuyentes monotributistas del régimen simplificado y aseguró que la decisión responde a que registran algún tipo de inconsistencia en su declaración de ingresos y gastos. En ese marco, la entidad que conduce Alberto Abad elaboró una guía de preguntas frecuentes para que estos contribuyentes tengan en cuenta y precisó que la lista de monotributistas que resultaron excluidos será publicada en el Boletín Oficial.
Entre los motivos de exclusión, la AFIP señaló la suma de los ingresos brutos que excede el máximo establecido para permanecer dentro de la categoría; la superficie o costo de alquiler de los locales que superan los máximos establecidos; el emprendimiento que no alcanza la cantidad mínima de trabajadores en relación de dependencia para las categorías I, J o K; superar el precio máximo unitario de venta, o haber adquirido bienes o realizado gastos personales por un valor diferente a los ingresos declarados, y que estos no se encuentren debidamente justificados, entre otros motivos.
La AFIP señaló que los contribuyentes excluidos tendrán plazo hasta el martes 26 de septiembre inclusive para objetar la decisión. (Fuente: TELAM)
06 de Septiembre (Valor Local)