EXTIENDEN A 360 DÍAS LA VALIDEZ DE LAS DECLARACIONES JURADAS DE VENTA AL EXTERIOR

El gobierno nacional extendió de 180 a 360 días el plazo de validez de las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) de productos agropecuarios, para oficializar las destinaciones de exportación para consumo ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).E

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La resolución 171 del Ministerio de Agroindustria, que se publica en el Boletín Oficial, recuerda que el plazo de validez de las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE) de 180 días había sido establecido en febrero pasado, pero entiende que existen “fundadas razones” para ampliarlo.

En aquel momento se argumentó la necesidad de “eliminar aquellos requisitos que directa o indirectamente impongan barreras o trabas para la exportación de los productos agrícolas" y de "otorgar previsibilidad al tratamiento tributario y aduanero de las operaciones a la fecha de cierre de cada venta".

La nueva medida, que firma el ministro Ricardo Buryaile, “se dicta con el objetivo de permitir la formación de precios futuros y dotar de mayor previsibilidad en los márgenes esperados por el sector de la producción”, y restablece el plazo inicialmente previsto en la ley 21.453 de octubre de 1976, sobre normas para productos del sector agrícola.

Las declaraciones anticipadas de la cosecha 2017/18, dice la resolución, podrán registrarse desde el momento en que la Subsecretaría de Mercados Agropecuarios comience a publicar valores FOB oficiales de los distintos productos para cada período de embarque. (Fuente: TELAM)

12 de Julio (Valor Local)

 

 

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