El BCRA anunció la liberación de importaciones

El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) definió hoy, a través de la Comunicación A7917, las nuevas condiciones para el acceso al Mercado Libre de Cambios (MLC) para las importaciones de bienes y servicios que se realicen a partir de la fecha.

El objetivo principal de esta decisión es normalizar el flujo de importaciones que se encontraba virtualmente frenado por los niveles de endeudamiento comercial acumulados.

Las condiciones establecidas apuntan a eliminar las trabas burocráticas y administrativas que requerían autorizaciones de otros organismos del Estado Nacional a los efectos de poder acceder a las divisas para la cancelación de obligaciones de comercio exterior.

La expectativa de una mejora marcada en los saldos de balanza comercial en los próximos años permitirá llevar a cabo un proceso desregulatorio que culmine en la eliminación total de las restricciones cambiarias.

Sin embargo, debido al estado de situación actual de las reservas internacionales y el stock de deudas comerciales impagas a la fecha, resulta prudente encarar un proceso de normalización de carácter gradual y ordenado.

El Directorio del BCRA estableció plazos de pago diferenciados según la posición arancelaria de los distintos bienes y servicios importados lo cual permitirá administrar las divisas durante los meses próximos, caracterizados por la baja estacionalidad de exportaciones.

En relación a las importaciones pendientes de pago, el Directorio del BCRA fijó, a través de la Comunicación A7918, los parámetros generales de uno o más instrumentos en moneda extranjera que podrán ser eventualmente suscriptos con pesos, con el objetivo de asegurar la disponibilidad de divisas en fechas y por montos específicos.

Medidas para el pago de importaciones

El BCRA comunicó que “no será necesario contar con una declaración efectuada a través del Sistema de importaciones de la República Argentina (SIRA) en estado ‘SALIDA’ como requisito de acceso al mercado de cambios y ni convalidar la operación en el sistema informático “Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior”.

Es decir que para los pagos a importadores que se realicen desde hoy, no será necesaria la autorización previa del BCRA. No obstante, el acceso será escalonado, según la importancia de la actividad que realicen las empresas.

Los pagos serán inmediatos para las compras al exterior de hidrocarburos y derivados y energía eléctrica. En tanto, luego de 30 días corridos, podrían liberarse los pagos de productos farmacéuticos o insumos para esta industria y fertilizantes o productos fitosanitarios.

El organismo impuso también un plazo de seis meses (180 días) para los pagos de importaciones de automóviles.

Al mismo tiempo, se estableció que, para el resto de los bienes, los pagos podrán realizarse en cuatro cuotas. Esto es, «un 25% desde los 30 (treinta) días corridos; un 25% adicional desde los 60 (sesenta) días corridos; otro 25% adicional desde los 90 (noventa) días corridos y el restante 25% desde los 120 (ciento veinte) días corridos».

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Fuente: con información de Ámbito y del BCRA.