Tras el ajuste por inflación aplicado en junio, la categoría K quedó con un nuevo tope de facturación anual que marca el límite mensual para permanecer en el régimen simplificado.
Los contribuyentes del Monotributo saben que las condiciones del régimen simplificado no se mantienen fijas en el tiempo: hay variables como el nivel de ingresos, el alquiler del local, la superficie que ocupa y la energía eléctrica que consume se revisan periódicamente para determinar si sigue en la misma categoría o si debe moverse de escalón. Entre todas esas variables, hay una pregunta que atraviesa a la mayoría de los inscriptos, sobre todo a quienes están cerca del techo del sistema: hasta qué monto mensual se puede facturar sin quedar afuera del régimen y pasar al esquema general de impuestos.
La respuesta depende de la categoría K, la más alta del esquema y la que marca el límite absoluto del Monotributo. Según la tabla vigente para el período que va de julio a diciembre de 2026, el tope de ingresos brutos anuales de la categoría K es de $126.610.838,74. Llevado a un promedio mensual, ese número equivale a $10.550.903,23. Superado ese piso mensual sostenido en el tiempo, el contribuyente deja de estar en condiciones de permanecer en el régimen simplificado y debe pasar al régimen general de IVA y Ganancias.
Ese cálculo mensual es una referencia orientativa y no un parámetro que la normativa evalúe mes a mes de forma aislada. El sistema analiza los ingresos brutos devengados durante los últimos doce meses, sin importar el momento en que fueron efectivamente cobrados. Una factura emitida en un mes determinado integra el cómputo del semestre correspondiente aunque el pago llegue después, por transferencia, por posnet o por cualquier otro medio. De esta manera, lo que define la permanencia en la categoría K, y en el Monotributo en general, no es un tope mensual rígido sino la sumatoria anual de esa facturación devengada.
- CATEGORÍAS
Por debajo de la categoría K, el esquema recorre otras diez categorías, de la A a la J, cada una con su propio techo de ingresos brutos anuales y, por lo tanto, con su propio equivalente mensual. En el tramo más bajo, la categoría A tiene un tope de $12.009.410,45 anuales, lo que representa un promedio de 1.000.784,20 pesos por mes. La categoría B llega a $17.595.182,74 anuales, equivalentes a 1.466.265,23 pesos mensuales, mientras que la categoría C asciende a $24.670.494,31 al año, es decir 2.055.874,53 pesos por mes.
El tramo intermedio de la escala continúa esa progresión. La categoría D fija un tope de $30.628.651,43 al año, unos 2.552.387,62 pesos mensuales. La categoría E llega a 36.028.231,33 pesos al año, con un promedio de 3.002.352,61 pesos por mes. La categoría F se ubica en $45.151.659,41 anuales, 3.762.638,28 pesos mensuales, y la categoría G cierra ese tramo con 53.995.798,87 pesos al año, equivalentes a $4.499.649,91 por mes.
De ahí en adelante, los montos suben de manera más pronunciada. La categoría H tiene un tope de $81.924.660,37 anuales, que representa 6.827.055,03 pesos mensuales. La categoría I asciende a $91.699.761,90 al año, unos 7.641.646,83 pesos por mes, y la categoría J llega a 105.012.519,19 pesos anuales, equivalentes a 8.751.043,27 pesos por mes. Recién después de ese escalón aparece la categoría K, con el tope de $126.610.838,74 anuales ya mencionado.
- PERMANENCIA EN EL RÉGIMEN
La facturación no es el único factor que ARCA evalúa para mantener a un contribuyente dentro del Monotributo. El esquema también contempla la superficie afectada a la actividad, el consumo de energía eléctrica y los alquileres devengados por el inmueble utilizado. En la categoría K, esos parámetros se ubican en sus valores máximos: hasta 200 metros cuadrados de superficie, hasta 20.000 kW de energía eléctrica consumida en el año y hasta 8.378.658,45 pesos de alquileres devengados anualmente. De esta manera, un contribuyente puede mantener estable su facturación mensual y, sin embargo, quedar obligado a recategorizarse si alguno de esos otros parámetros se modifica de forma significativa.
Ahora bien, cuando el excedente no se produce en un parámetro secundario sino en los ingresos brutos y se supera el tope máximo del régimen, la consecuencia no es una recategorización dentro del Monotributo sino la exclusión directa hacia el régimen general. Para llegar a esa determinación, el organismo no se limita a la facturación declarada por el contribuyente: cruza información entre los comprobantes electrónicos emitidos, los movimientos bancarios y los consumos registrados en billeteras virtuales. Cuando esos cruces muestran que las compras, los gastos o las acreditaciones superan el límite de la categoría declarada, el sistema puede iniciar una recategorización de oficio o, en los casos más extremos, la exclusión del régimen simplificado.
- CATEGORÍA MÁS ALTA
Estar en la categoría K no solo implica un techo de facturación más alto, también supone una carga mensual mayor en concepto de impuesto integrado y aportes. El monto a pagar varía según el tipo de actividad declarada. Para quienes prestan servicios o realizan locaciones, el total mensual en la categoría K asciende a $1.614.446,02, resultado de sumar el impuesto integrado de 1.368.514,20 pesos con los aportes al SIPA y a la obra social.
Para quienes venden bienes muebles, en cambio, ese total baja a 702.103,22 pesos mensuales, ya que el impuesto integrado para esa actividad es de 456.171,40 pesos, con la misma estructura de aportes previsionales y de obra social. La diferencia entre ambos totales, superior a 900.000 pesos mensuales, refleja el tratamiento distinto que el régimen le da a los servicios frente a la venta de cosas muebles dentro de un mismo escalón de facturación. (Fuente: Infobae)
