Reintegro de AFIP para monotributistas

Aplicará a los sujetos comprendidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) cumplidores.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) da reintegros para los monotributistas de categorías A, B, C, y D en marzo de 2024, pensado para quienes cumplieron a rajatabla con los pagos durante los últimos doce meses.

Aplicará a los sujetos comprendidos en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) cumplidores: “A los monotributistas que hubieran cumplido en tiempo y forma con el pago mensual durante los 12 meses del año, mediante débito directo en cuenta bancaria o débito automático en tarjeta de crédito, se le reintegrará un importe equivalente al impuesto integrado”, explica la AFIP. Y agrega: “Cuando se trate de inicio de actividad o de un período calendario irregular, el reintegro será del 50%, siempre que la cantidad de meses pagados en tiempo y forma sea entre 6 y 11″.

Cuáles son los requisitos para acceder a la devolución del monotributo AFIP

Haber pagado las 12 cuotas del año a tiempo.

Estar inscripto en débito directo en cuenta bancaria o tarjeta de crédito.

Cumplir con todas las obligaciones del monotributo.

Monotributistas nuevos (menos de un año) pueden recibir hasta el 50% de reintegro si cumplieron pagos por al menos 6 meses.

  • CÓMO ACCEDER AL REINTEGRO DEL MONOTRIBUTO AFIP

-Lo primero que hay que hacer es cumplir con los requisitos ya mencionados.

-El segundo paso es adherirse al débito automático. Puede ser por tarjeta de crédito o débito.

-Una vez adherido al débito y abonados los 12 períodos fiscales, el reintegro se realiza el año calendario siguiente.

-El importe se acreditará automáticamente en la cuenta o tarjeta de crédito adherida al servicio.

Por cualquier consulta, podés acceder a la web oficial de AFIP. (Fuente: Ámbito)