En el marco de implementación de políticas de simplificación y desburocratización de los trámites llevada a cabo por el Gobierno nacional, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) derogó obligaciones vigentes para los productores de azúcar, al tiempo que actualizó la normativa relacionada con la comercialización de ganado vacuno.
Comercialización de carnes bovinas y bubalinas
La AFIP actualizó la normativa referida a la comercialización de ganado bovino. Por medio de la Resolución General 5553/2024, el organismo estableció que la metodología para estimar las variaciones de precios en el sector se basará en el Índice General Mercado Agroganadero (IGMAG). La modificación se realizó en virtud de que el indicador anterior era el Índice General del Mercado de Liniers, establecimiento que trasladó sus operaciones a la localidad bonaerense de Cañuelas.
Producción de azúcar
Además, a través de la Resolución General N° 5552/2024, publicada en el Boletín Oficial, la AFIP eliminó la obligación adicional que tenían los productores de azúcar de informar las fechas y cantidades de los retiros de azúcar y alcohol hasta las 24 horas posteriores a cada operación a través del uso obligatorio del comprobante electrónico “Liquidación de Compra de Caña de Azúcar”. De esta forma se reducen de 2 a 1 la cantidad de trámites para este rubro.
Con la eliminación de este requisito, solo deberán informar los datos en el Remito Electrónico para Azúcar, Alcohol y Subproductos, dispuesto por la Resolución General N° 4519, que continúa vigente. Anteriormente, debían hacerlo también en «Registro de Contratos de Maquila de Caña de Azúcar».