La jueza Cecilia Gilardi Madariaga de Negre, del fuero contencioso administrativo federal le ordenó a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) abstenerse de cobrarle a un empresario el aporte solidario de las grandes fortunas, al menos por los próximos tres meses, indicaron fuentes judiciales.

Tras la difusión de la medida judicial, desde la AFIP señalaron que van a apelar la decisión de la jueza federal.

El fallo fue firmado el 19 de marzo por la magistrada Madariaga de Negre sobre la medida cautelar presentada por el empresario Alejandro Scannapieco, ejecutivo de la empresa Globant, quien sostuvo entre sus argumentos que el aporte es “confiscatorio”.

El dictamen ordena “hacer lugar a la medida cautelar solicitada y, consecuentemente, disponer que la parte accionada (la Administración Federal de Ingresos Públicos) se abstenga de aplicarle las disposiciones emergentes de la Ley 27.605 -vigente a partir del 18/12/20”

La resolución también establece que la cautelar durará “hasta tanto se cumpla el plazo de 3 meses” y que el empresario deberá abonar una caución real de 100.000 pesos: en ese período la justicia deberá enfocarse en resolver la cuestión de fondo que tiene que ver con la procedencia o no del aporte solidario. (Fuente: Télam)