La Secretaría de Bioeconomía distribuyó la cuota Hilton entre frigoríficos, asociaciones de productores y otras empresas del sector. Responde al cupo de cortes de carne producida de alto valor comercial con destino a Reino Unido de 29.389 toneladas.
El reparto es para el ciclo 2024/2025 (1 julio al 30 de junio de 2025), a un mes de que se abriera el proceso de inscripción y se establecieran los requisitos para las empresas.
De 67 empresas adjudicatarias para obtener la licencia de exportación, 9 grupos económicos se quedaron con la mayor parte. Ésas son: ARRE BEEF S.A, COMPAÑÍA BERNAL S.A. , COTO C.I.C.S.A, FRIAR S.A, FRIGORÍFICO GORINA S.A.I.C., FRIGORÍFICO RIOPLATENSE S.A.I.C.I.F., QUICKFOOD S.A. , S.A. IMPORT. Y EXPORT. DE LA PATAGONIA y SWIFT ARGENTINA S.A.. Por último, quedó un Fondo Libre Disponibilidad Industria de 526,523 toneladas.
En cuanto a los proyectos conjuntos, donde participan asociaciones de criadores y otros operadores, de 2913,825 toneladas se asignaron 2397,582 toneladas y quedó un fondo de disponibilidad de 516,243 toneladas. Respecto de los postulantes nuevos, se dieron 147,5 toneladas a Frigorífico Maneca en la categoría industria y 25,075 toneladas a Grupo Romeo en “Nuevos Proyectos”.
- QUÉ ES LA CUOTA HILTON
La Cuota Hilton es un contingente arancelario de carne vacuna sin hueso de alta calidad y valor que la Unión Europea otorga a países productores y exportadores de carnes, y administrado por el país exportador.
Técnicamente, como la Cuota Hilton es un contingente concedido por la Unión Europea, es dicho bloque quien establece las condiciones de ingreso a su mercado. Así, el Reglamento UE que rige las condiciones actuales del cupo es el Nº 2020/761 y sus modificatorias; Argentina posee actualmente una cuota con 29.389 toneladas anuales, y un cupo de 200 toneladas para carnes de búfalo, cuyo ciclo comercial rige desde el 1º de julio de cada año hasta el 30 de junio del año siguiente.
Los cortes que integran la cuota son: bife sin lomo, cuadril (y sus derivados), lomo, bife ancho sin tapa, nalga de adentro, nalga de afuera (o sus cortes individuales: peceto y carnaza de cola o cuadrada), bola de lomo y entraña fina, con las variantes que cada mercado individual prefiera y de conformidad con el biotipo establecido en el ANEXO VIII, Número de orden 09.4450, del REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2020/761 de la COMISIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA, del 17 de diciembre de 2019, relativo al sistema de gestión de los contingentes arancelarios mediante certificados. (Fuente: Ámbito)