La Secretaría de Energía fijó las tarifas máximas para el servicio de transporte de hidrocarburos líquidos a través de los oleoductos Puerto Rosales–La Plata, La Plata–Dock Sud y el poliducto Montecristo–San Lorenzo, operados por YPF. Los valores tendrán vigencia por cinco años.
La Secretaría de Energía, a través de la Resolución 427/2025 publicada este jueves en el Boletín Oficial, aprobó las tarifas máximas que podrá aplicar YPF por el servicio de transporte de hidrocarburos líquidos mediante los oleoductos Puerto Rosales–La Plata y La Plata–Dock Sud, en la provincia de Buenos Aires, y el poliducto Montecristo–San Lorenzo, que atraviesa Córdoba y Santa Fe.
Según la resolución firmada por la secretaria de Energía, María Carmen Tettamanti, los nuevos valores tendrán una vigencia de cinco años a partir de su publicación y no incluyen el IVA. (Fuente: Ámbito)