El diputado Loggio adhirió al acuerdo entre empresarios y obreros del sector citrícola

Durante la sesión de este miércoles el diputado concordiense, Néstor Loggio presentó un proyecto de declaración por el cual manifestó su “beneplácito y adhesión al convenio que promueve la contratación directa entre empresarios y obreros del sector citrícola, con el objeto de eliminar trabajo no registrado y otorgar a los trabajadores los beneficios y garantías legales de un contrato inscripto con los respectivos aportes y contribuciones a la seguridad social”.

Esto representa “un acuerdo histórico para ambas partes de la relación laboral en la provincia de Entre Ríos” sostuvo, “teniendo en cuenta que modifica un paradigma instalado en el sector con predominio de intermediarios y agencias de servicio”.-

Esto representa “un acuerdo histórico para ambas partes de la relación laboral en la provincia de Entre Ríos” sostuvo, “teniendo en cuenta que modifica un paradigma instalado en el sector con predominio de intermediarios y agencias de servicio”.-

En su escrito el legislador manifestó: “Estuvieron presentes en el acuerdo todas las partes intervinientes en el proceso productivo, tales como la  ASOCIACION DE CITRICULTORES Y EMPACADORES DE CHAJARI (ER) y sus miembros paritarios titulares; la  ASOCIACION CITRICULTORES DE CONCORDIA (ER) y sus miembros paritarios titulares; la ASOCIACION DE CITRICULTORES DE VILLA DEL ROSARIO (ER) y su miembro paritario; la ASOCIACION DE CITRICULTORES Y EMPACADORES DE FEDERACIÓN (ER) y sus miembros paritarios; la ASOCIACION CITRICULTORES UNIDOS MONTE CASEROS (CTES); la ASOCIACION DE CITRICULTORES DE MOCORETA (CTES.) y la CAMARA DE EXPORTADORES DE CITRUS DEL NEA y su miembro paritario”.-

Asimismo agregó que también está cubierta “la participación necesaria del Sindicato Obrero de la fruta tanto en la elaboración del acuerdo como en la virtualidad de aplicación de los futuros convenios con los empleadores que utilicen esta forma de contratación, garantizan los derechos del trabajador cuyos intereses representan y cristalizan los modos de retribución y aportes legales, puesto que el gremio estará en todo momento en conocimiento de cada situación particular”.

En los fundamentos del proyecto mencionó: “Nuestro país cuenta con normas de Protección integral del empleo que se materializan en la ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 y Ley Nacional de Empleo N° 24.013, cuyo principal objetivo es de equilibrar la relación entre partes intrínsecamente desiguales como son la de empleador y trabajador. Esta situación jurídica asimétrica se acentúa con mucha más fuerza en trabajos no inscritos o no formales, siendo este tipo de contratación la de mayor vigencia en sectores como el citrícola ya que por su propia naturaleza o modo de producción, la labor se realiza a través de contratos temporales o eventuales acordes con los ciclos de las plantas”.

Loggio: Esto representa “un acuerdo histórico para ambas partes de la relación laboral en la provincia de Entre Ríos”

Asimismo dijo: “En la gran mayoría de los casos esos contratos por tiempo determinado no se inscribían, dejando al trabajador en una clara situación de desamparo legal así como de pérdida de beneficios y derechos”, por lo que “con este histórico acuerdo entre todas las partes que integran el sector, se le brinda a cada una de ellas una protección integral y seguridad jurídica, con particular impacto en todas las personas que trabajen bajo las modalidades contractuales que se incluyen, a las cuales también les serán aplicables los beneficios del CCT 217/93” explicó.

Asimismo aseguró que “queda expresamente previsto en el convenio que los contratos mencionados allí solo podrán adquirir virtualidad jurídica, cumplimentado que fuera la comunicación del Sindicato Obrero de la fruta a los empleadores que utilicen esta forma de contratación, por lo que se garantiza de este modo la protección total de los derechos del trabajador cuyos intereses representa el sector gremial”.

Cabe destacar que para el caso de los productores, “también podrán contratar mediante contrato a plazo fijo citrícola a través del cual podrán intervenir tanto la parte empleadora -que es representada en el acta- como así también la empresas de prestación de servicios de cosecha y empaque en el sector citrícola, siempre que sean requeridos ya sea por los productores citrícolas o por los establecimientos de empaque”.

(Fuente: APF Digital)