Este lunes 5 de abril de 2021 vence el plazo para depositar el pago a cuenta del impuesto sobre los Bienes Personales que se calcula sobre los bienes situados en el exterior, los que fueron incluidos en la declaración jurada del impuesto del período fiscal 2019.

El pago a cuenta —creado por la Resolución General 4673— se calcula aplicando un porcentaje sobre el total de bienes en el exterior sujetos a impuesto al 31 de diciembre de 2019. Si el valor total de los bienes en el exterior sujetos a impuesto es inferior a los $3 millones, el porcentaje es de 0,10%. Para bienes entre $3 millones y $6,5 millones, el porcentaje es de 0,22%; para bienes entre $6,5 millones y $18 millones, el porcentaje es de 0,4%; y de $18 millones en adelante, es de 0,5%.

El Impuesto sobre los Bienes Personales se aplica sobre los bienes, situados en el país y en el exterior, al 31 de diciembre de cada año. El impuesto surge de la aplicación de una alícuota al monto de la valuación del patrimonio que exceda el mínimo aplicable, que para el período fiscal 2020 se mantienen en $2 millones, como en 2019. Desde el período 2019, no está alcanzados por el impuesto los inmuebles destinados a vivienda (casa habitación) cuando su valuación es igual o inferior a $18 millones. (Fuente: Infobae)