Se duplicó el monto del reintegro para compras con tarjetas de débito

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) duplicó el monto de reintegro del 15% para las compras realizadas con tarjeta de débito y extendió el beneficio hasta el 31 de diciembre próximo.

La medida alcanza a jubilados, pensionado que perciban el haber mínimo y a los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación Universal por Embarazo (AUE).

Mediante la Resolución General N.º 5360 se elevó el monto a un tope mensual de $4.056 por beneficiario y de $8.114 para aquellos que perciban dos o más beneficios.

Cómo se realizan los reintegros

Los reintegros se acreditan en forma automática cuando las personas beneficiarias realizan compras en comercios con la tarjeta de débito asociada a la cuenta en la cual perciben sus prestaciones.

El reintegro también está previsto para las operaciones abonadas con esas tarjetas bajo la modalidad de pago electrónico inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).

El régimen abarca aquellos productos que se comercialicen en negocios dedicados a la venta al por menor y mayor como mini, súper e hipermercados, sumado a los que realicen venta de productos alimenticios únicamente, que se encuentren inscriptos ante la AFIP. También están alcanzados los kioscos, siempre y cuando el beneficiario abone con tarjeta de débito.

Quiénes pueden acceder al beneficio de reintegro

El beneficio alcanza a las personas que cobran la jubilación minima, a quienes perciben una pensión mínima por fallecimiento. También a beneficiarios de una pensión no contributiva nacional mínima (invalidez, vejez, madre de 7 o más hijos, etc.), a titulares de la asignación universal por hijo (AUH) y a titulares de la asignación universal por embarazo (AUE).