ATER REGLAMENTÓ OPORTUNIDAD DE ACCESO A BENEFICIOS PARA LA DECLARACIÓN VOLUNTARIA DE MEJORAS

A través de la Resolución 289/17, la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER) reglamentó la Ley Provincial N°10491, la cual establece un régimen declarativo, voluntario y excepcional de incorporación de mejoras introducidas en inmuebles.

En el marco del Plan de Gestión, la ATER reglamentó la ley provincial de declaración voluntaria de mejoras N°10.491, por la que se disponen la condonación de multas e intereses para quienes procedan a realizar voluntariamente la declaración de las mejoras realizadas en inmuebles. Asimismo, a los efectos de la liquidación del Impuesto Inmobiliario, las nuevas valuaciones fiscales que surjan en virtud de las mejoras denunciadas, se aplicarán a partir del año fiscal 2017.

La ATER viene realizando diversos operativos de fiscalización catastral, de lo que han surgido importantes diferencias con la consecuente aplicación de multas e intereses.

En ese marco, el director de Catastro de ATER, Javier Rabbia, explicó que “este esquema general de la Ley 10491 permite regularizar las mejoras pendientes de declaración por parte de los contribuyentes, por otro lado ATER sigue avanzando con los cruces de datos con los municipios y con los operativos en territorio, en cuyo caso se aplican las multas e intereses que establece la ley”. Y acotó que “sugerimos que el contribuyente puede aprovechar esta oportunidad de poner su construcción al día y evitar multas y recargos que puede evitarse bajo este régimen”.

Desde el organismo tributario señalaron que los contribuyentes que aprovechar la oportunidad de regularizar metros de mejoras, deberán presentar el formulario ATER B73 con el Anexo I Características Constructivas en la Representación de ATER más cercana. La nueva norma puede consultarse en www.ater.gob.ar

El plazo para el acogimiento se extiende del 18 de septiembre hasta el 18 de diciembre de 2017. (Fuente: Prensa ATER)

13 de Septiembre (Valor Local)