EL SENASA DECIDIÓ PRIVATIZAR TAREAS DE CONTROL DE BUQUES GRANELEROS

Cuando el país comprador no requiera intervención oficial, la verificación de aptitud de carga deberá realizarse a través de entidades certificadoras inscriptas en el Registro de Controladores y Certificadores de granos y subproductos con destino a exportación.

Publicidad

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) a través de la Resolución 693 publicada hoy en el Boletín Oficial, cedió parte de las tareas de control de bodegas en barcos de carga a entidades privadas.

Ya en la Resolución Nº 302 del 30 de diciembre de 1991 se había determinado que la certificación de la calidad de los granos y subproductos exportados podría realizarse mediante el Certificado Argentino de Calidad, emitido por el Senasa o por entidades privadas u otras instituciones debidamente registradas a dicho efecto.

Luego, en 1994, se ordenó la creación del Registro de Controladores y Certificadores de Granos y Subproductos con destino a la exportación, estableciendo las obligaciones y requisitos operativos para las entidades de control, las cuales se encuentran sometidas al control oficial de este Servicio Nacional. Esas entidades están capacitadas para la inspección y verificación de las condiciones básicas que deben cumplir las bodegas para la correcta recepción de la carga y, a su vez, estas mismas entidades verifican actualmente requisitos similares previstos en los contratos internacionales. También se fijaron las normas de calidad, muestreo y metodología aplicada a granos y subproductos, así como los procedimientos de inspección y certificación para vegetales de importación, exportación y tránsito internacional.

Ahora, el Senasa considera “que resulta necesario, por razones de reordenamiento estructural y en virtud de la regionalización y descentralización operativa de este Servicio Nacional, readecuar aspectos administrativos y de procedimiento de la metodología vigente para la inspección y aprobación de toda bodega o tanque de buque/barcaza destinado a transportar granos, sus productos y subproductos presentados en graneles con destino a exportación”, según la Resolución publicada hoy. Asimismo, indica “que de acuerdo a las nuevas políticas impulsadas por el gobierno nacional en términos de competitividad y rebaja de costos, es imprescindible optimizar ciertos aspectos operativos, como lo es la habilitación de bodegas y tanques de buques y barcazas para exportación, utilizando los servicios de empresas especializadas en la temática, pero, a su vez, ejerciendo el debido control sobre su accionar a través de la supervisión operativa y la auditoría de sus registros, idoneidad y capacidades”.

Desde el Servicio señalan “que se ha observado que en muchos casos podría existir una duplicidad de controles, agregando costos innecesarios al sistema y restando competitividad a los granos, sus productos y subproductos argentinos. Que se hace necesario adecuar la operatoria vigente a través de un nuevo sistema de control de bodegas y tanques previo a la carga de mercadería de exportación, a los fines de garantizar el cumplimiento de los requisitos mínimos esenciales para la recepción de granos, sus productos y subproductos en bodegas y tanques”.

Por eso, por el término de un año y como  “prueba piloto”, se establece el “Sistema de control de aptitud de carga de bodegas y tanques de buques y barcazas para exportación de granos, sus productos y subproductos”.

Este sistema de control se aplicará en forma obligatoria a todas las bodegas y tanques destinados a la carga de granos, sus productos y subproductos con destino a exportación, que requieran inspección de las cargas por parte del Senasa en los puertos fluviales y marítimos, antepuertos, zonas de espera, radas o cualquier otro lugar que se considere apto para la verificación de las condiciones establecidas.

Los procedimientos de control para la habilitación de bodegas y tanques, contemplan los siguientes casos:

a) Operatorias que requieran de controles oficiales de bodegas/tanques: para los casos de requerimientos de controles oficiales de bodegas/tanques de los países compradores, el interesado debe solicitar los Servicios Oficiales del Senasa a los fines de obtener el certificado de aptitud de carga, sin la necesidad de requerir la intervención de una entidad de control y certificación.

b) Operatorias que no requieran intervención oficial de bodegas/tanques: cuando el país comprador no requiera intervención oficial de bodegas/tanques, la verificación de aptitud de carga deberá realizarse a través de cualquiera de las entidades certificadoras inscriptas en el Registro de Controladores y Certificadores de granos y subproductos con destino a exportación, creado por la Resolución Nº 44 del 6 de enero de 1994 del ex-Instituto Argentino de Sanidad y Calidad Vegetal.

En tanto, el Senasa intervendrá y supervisará el funcionamiento del Sistema a través de las siguientes acciones:

– Recepcionará las designaciones de empresas de control responsables de las tareas de verificación bodegas.

– Recepcionará los certificados de aptitud de bodega/tanque emitidos por las empresas de control.

– Supervisará las tareas de verificación sobre la base de un análisis de riesgo y realizará las auditorías técnicas a las empresas de control habilitadas. En caso de que se presentaran discrepancias entre el supervisor del Senasa y el verificador actuante, el primero pondrá en conocimiento del hecho a sus superiores, quienes se expedirán sobre la pertinencia de la habilitación de la aptitud de la bodega/tanque.

– En caso de existir dos o más entidades de control actuando simultáneamente, y de no existir coincidencia en sus decisiones, cualquiera de las partes puede solicitar la intervención del Senasa a efectos de dirimir el conflicto. En este caso, el dictamen oficial será definitivo.

Por su parte, la Resolución publicada hoy establece la creación del Registro de Verificadores de Bodega que funcionará en el ámbito de la Dirección de Calidad Agroalimentaria dependiente de la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria.

Esta norma se dicta en el marco de sospechas de corrupción hacia operadores del Senasa en el puerto de Rosario. Esto, habría fundado el dictado de la Resolución 37 de dicho Servicio, que flexibilizaba los controles de barcos de carga de granos y subproductos, medida por la cual el diputado provincial por Santa Fe, Carlos del Frade denunció penalmente el presidente Mauricio Macri y al presidente del Senasa Jorge Dillon, debido al peligro que representaba para el país (ver más) .

Hoy, el Senasa establece un sistema que, directamente, privatiza parte de las tareas de control de las bodegas de los buques de granos y  subproductos. Habrá que ver ahora cuál es la reacción de los trabajadores del Servicio. (Fuente: Infocampo)

24 de Octubre (Valor Local)

 

 

Publicidad