MODIFICAN EL ARANCEL POR USAR EL ESPECTRO RADIOELÉCTRICO

Se dejará de medir por cantidad de clientes y pasará a representar un porcentaje de la facturación de cada compañía.

El arancel por uso del espectro radioeléctrico que las empresas pagan al Estado mensualmente dejará de medirse por cantidad de clientes y pasará a representar un porcentaje de la facturación de cada compañía.

La resolución 840 del Ente Nacional de Comunicaciones, publicada en el Boletín Oficial, establece que las empresas que dan estos servicios pasen a pagar $ 0,14 por cada peso facturado en los diferentes servicios de comunicaciones móviles.

Las empresas deberán pagar 0,0014 unidades de tasación radioeléctrica (UTR), "por cada peso percibido y/o facturado por los prestadores, en concepto de comunicación y/o servicios comercializado bajo cualquier modalidad de pago, por mes":

Así, la unidad de tasación radioeléctrica fue actualizada por primera vez desde el 2001 a $ 100 por la resolución 1196/2018, también publicada hoy.

La decisión modifica la forma de pagar el arancel radioeléctrico para las empresas que prestan servicios de comunicación inalámbrica, desde las llamadas de voz hasta Internet móvil, incluyendo las radiocomunicaciones.

En los considerandos de la norma, en Enacom indica que evaluaron la necesidad de establecer "un método aplicable a todo el ámbito nacional, para todas las modalidades de pago; ya sea, para Telefonía Móvil (STM), Radiocomunicaciones Móvil Celular (SRMC), Comunicaciones Personales (PCS), como también para el Servicio de Comunicaciones Móviles Avanzadas (SCMA)". (Fuente: Clarin)

28 de Febrero (Valor Local)