LA AFIP PRORROGÓ PLAN DE PAGOS Y EXTENDIÓ HASTA MARZO LA SUSPENSIÓN DE EMBARGOS A LAS PYMES

La medida le da así 90 días a las empresas en dificultades para acogerse a la moratoria dispuesta en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.

La AFIP sigue activa los fines de semana. Ayer por la tarde informó la decisión de prorrogar el régimen permanente de facilidades de pago y suspender hasta el 31 de marzo próximo los embargos a las pequeñas y mediana empresas (pymes), un reclamo que hace largo tiempo venían planteando los representantes del sector.

El régimen de facilidades vencía el 31 de enero y con la prórroga, explicó la agencia recaudatoria, se busca “garantizar la continuidad de un mecanismo de financiamiento para los contribuyentes afectados por la crisis económica, mientras se instrumenta el acceso a la moratoria prevista en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva”.

Aún antes de leer el texto de la comunicación, Pedro Cascales, vocero de la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) supo de qué se trataba. “Esto es para dar tiempo a las pymes a que se inscriban en la moratoria sin verse afectados por embargos", explicó.

Sucede que el Plan de Facilidades de Pago no tenía el beneficio de anular los punitorios, multas e intereses resarcitorios que en algunos casos llegaban a duplicar el valor de la deuda inicial de la empresa con la AFIP: Otro problema que afrontaban las pymes, por lo menos hasta el año pasado, eran los “embargos múltiples”, por los cuales la agencia, por una deuda de un cierto valor, embargaba las cuentas de la empresa por ese valor, pero en varios bancos a la vez, agravando el problema. De este modo, explicó Cascales, un reclamo de 100.000 pesos podía transformarse en uno de 300.000 si, por caso, el embargo se realizaba sobre tres cuentas diferentes.

De este modo, las empresas tendrán ahora tres meses para inscribirse en la moratoria dispuesta por la “Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva” que eliminó los punitorios, multas e intereses que complicaban a pymes ya comprometidas. Ahora podrán acogerse a la moratoria, que dispone el pago de las deudas impositivas en hasta 120 cuotas, con 6 meses de gracia, y de las previsionales en un plazo de hasta 5 años.

PRÓRROGA

De hecho, el comunicado de la AFIP informa que se prorroga hasta el 31 de marzo de 2020 la suspensión para trabar medidas cautelares a Micro, Pequeñas y Medianas Empresas “con el objetivo de aliviar la situación de asfixia financiera en la que se encuentran muchas empresas”. La prórroga del plan de pagos y la extensión de la suspensión de los embargos, precisó la AFIP, se instrumentará a través de dos resoluciones generales de la agencia tributaria a publicarse en el Boletín Oficial.

La prórroga, informó la AFIP, es para aliviar la situación de asfixia financiera en que se encuentran muchas empresas. Se instrumentará a través de dos resoluciones a publicarse en el Boletín Oficial

El plan de facilidades vigente extendido hasta el 31 de marzo contempla la posibilidad de regularizar deudas impositivas, a la Seguridad social y aduaneras –y sus intereses y multas- vencidas, durante los primeros tres meses de 2020, en un máximo de hasta 12 cuotas.

En cuanto a procedimientos, el comunicado precisa que la deuda a incluir “deberá ser cargada de forma manual en el Sistema Mis Facilidades” y que para adherirse los contribuyentes deberán tener adherido el Domicilio Fiscal Electrónico, tener presentadas las DDJJ determinativas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social por período fiscal, declarar en el servicio “Declaración de CBU” la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o de la caja de ahorro de la que se debitarán el importe de cada cuota".

La suspensión de embargos, en tanto, asegura a las pymes en dificultades ante la AFIP que no serán objeto de medidas cautelares hasta por lo menos el 31 de marzo. Beneficia a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas inscriptas en el “Registro de Empresas MiPyMES” y también a aquellos contribuyentes caracterizados en el “Sistema Registral” como “Potencial Micro, Pequeña y Mediana Empresa – Tramo I y II”. (Fuente: Infobae)

Fuente: (valorlocal.com.ar)