Adiós al SIRA, ¿cómo es el nuevo sistema de importaciones?

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Secretaría de Comercio formalizaron la derogación del Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) y la licencia de importación vigentes y su reemplazo por el nuevo Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI), el cual no requerirá la necesidad de tramitar una licencia para los envíos destinados a consumo.

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La Resolución General Conjunta 5466/2023, publicada en el Boletín Oficial, formaliza el nuevo sistema que entrará en vigencia el miércoles y que fue anunciado por el ministro de Economía, Luis Caputo, a dos días de la asunción del presidente, Javier Milei.

En paralelo, la Resolución 1/2023 de la Secretaría de Comercio deroga la Resolución 523/2017 que fijaba la obligación de tramitar Licencias Automáticas de Importación –y, para determinados casos, Licencias no Automáticas- para las mercaderías comprendidas en todas las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur.

Fin del SIRA

En su habitual conferencia de prensa matutina en Casa Rosada, el vocero presidencial, Manuel Adorni, señaló que con el fin del SIRA «se termina con una burocracia por la que un funcionario de turno puede decidir qué se importa o no».

«Siempre creemos que la decisión de un privado tiene mucho más valor que la de aquel que está detrás de un escritorio», planteó y remarcó que con esta modificación «no va a haber más licencias no automáticas, el que quiera importar, va a poder importar».

Cuando se difundió la decisión oficial de modificar la operatoria en el comercio exterior, en el marco del DNU anunciado el 20 de diciembre por el gobierno nacional, el Centro de Despachantes de Aduanas manifestó la preocupación del sector, y adelantó que se «están evaluando las acciones legales pertinentes para frenar cualquier atropello hacia nuestra profesión».

El nuevo sistema

Las declaraciones SIRA en estado de “salida” o “cancelado” quedarán vigentes, mientras que todas las demás quedarán sin efecto a este martes.

En ese último caso, se podrá registrar una nueva declaración SEDI para respaldar las mismas.

El nuevo SEDI no elimina la necesidad de pagar aranceles a las importaciones, pero simplifica el proceso de declaración y de aprobación.

Las declaraciones serán con un único fin estadístico: según señala la disposición, buscarán ayudar a generar la matriz de riesgo aduanero y realizar un «análisis eficiente» de las importaciones, para eventualmente adoptar medidas, por ejemplo, de defensa comercial, sin que esto implique «demoras en los sistemas productivos».

La declaración que se efectúa a través del SEDI tendrá un plazo de validez de 360 días desde la fecha que la importación obtiene el estado de “salida”. Una vez completada, se realizarán dos controles, previo a que pase del estado «oficializada» a «salida».

Primero, la AFIP analizará la situación tributaria del importador y su capacidad económica financiera para efectuar la operación mediante su Sistema de Capacidad Económica Financiera (CEF).

En caso de que haya alguna inconsistencia, el importador recibirá un mensaje y deberá registrar una nueva declaración SEDI.

Luego, intervendrán los análisis técnicos vinculados con la seguridad y salubridad de la mercadería de organismos como Senasa y Anmat y que forman parte del Régimen Nacional de Ventanilla única del Comercio Exterior Argentino (Vucea).

Estos tendrán un periodo de hasta 30 días corridos para el pronunciarse, desde el registro de la SEDI. De no pronunciarse, la declaración pasará automáticamente de «oficializada» a «salida» y tendrá, desde ese momento, una validez de 360 días.

Una modificación con el nuevo sistema es que, al momento de registrar la declaración, el importador no deberá notificar la aprobación del trámite ante la Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos de la Secretaría de Comercio, pues se considera que el cumplimiento de normas técnicas no es condición necesaria para importar sino para su uso y comercialización.

Padrón de deuda comercial

Además del SEDI, AFIP y Comercio crearon un registro para los importadores que cuentan con deuda con proveedores del exterior, la cual, en la actualidad, accidente a unos US$ 31.000 millones, según indicaron fuentes gubernamentales.

El denominado «Padrón de Deuda Comercial por Importaciones con Proveedores del Exterior», permitirá contar con información actualizada y transparente de la deuda comercial privada vigente y «atender dicha problemática».

Todas las personas que hayan imputado y que tengan deuda comercial como proveedores deberán inscribirse en dicho registro en el micrositio SEDI de la AFIP y tendrán hasta el próximo 10 de enero para hacerlo.

Fuente: AFIP y Télam

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